11 de agosto de 2013

Matriculación en la provincia de Buenos Aires




El Departamento de Ejercicio de las Profesiones de la Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires comenzó a matricular a los musicoterapeutas en junio del 2006, fecha en la que se otorgó la matrícula n° 1.

Hasta fines del año 2012 (a partir de 2013 el Ministerio comenzó a implementar el nuevo sistema para matriculación e informatizó este proceso)  se habían matriculado un total de 294 profesionales.



Año
Cantidad de matriculados
2006
1
2007
24
2008
56
2009
37
2010
71
2011
59
2012
46
 
 (Los profesionales que completaron el ciclo de Licenciatura pero no se re-matricularon  con el título de licenciados aparecen en estos datos con su título anterior.)




Desde el 2006 a abril de 2013 el Ministerio de Salud matriculó tanto a los Musicoterapeutas como a los Lic. en Musicoterapia.
  




En abril de 2013, un pedido de informe de la Superintendencia de Servicios de Salud derivó en que el Ministerio –en sintonía con lo que establece la ley 13635- sólo matricule a partir de entonces a quienes poseen títulos considerados como de grado según lo establecido por la ley  de educación superior.

Para preservar y garantizar la matriculación de todos los profesionales musicoterapeutas y a  partir de  sugerencias de funcionarios del Ministerio, AMULP presentó una nota firmada en conjunto con ASAM y las coordinaciones de las Lic. en Musicoterapia de UBA, UAI y USAL.

El Departamento de Ejercicio de las Profesiones de la Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la provincia  dio origen a un expediente,  n°: 2900-66765/2013 en el que se explicita la situación de la titulación en Musicoterapia y se propone incorporar a todos los profesionales con títulos universitarios habilitantes en la ley 13635.

Al 10 de agosto de 2013, el expediente se encuentra en la Asesoría General de Gobierno de la provincia, organismo que deberá dictaminar y/o sugerir los pasos a seguir para modificar el alcance del art. 5 de  la ley de ejercicio.

Hoy, la matriculación se ajusta a lo que establece la ley.  Ante nuestra consulta, las autoridades del Ministerio han informado que al solicitar la incorporación de todos los profesionales musicoterapeutas universitarios, están reconociendo que la ley establece el requisito del grado para acceder a la matrícula y por esa razón otorgan la matrícula sólo a quienes presentan los títulos de grado que aparecen en el buscador de títulos de validez oficial del Ministerio de Educación de la Nación: http://titulosoficiales.siu.edu.ar/

En relación al título de Musicoterapeuta de la Universidad de Buenos Aires, cuyo plan de estudios y carga horaria fueran modificados por la Resolución de CS de UBA n° 6000/12, el Decanato de la Facultad de Psicología de dicha Universidad (por pedido de AMULP) ha enviado copia certificada de esta resolución al Ministerio de Salud y el comprobante de inicio de trámite de solicitud de validez oficial del título ante el Ministerio de Educación de la Nación.
La última información que tenemos al respecto es que el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires solicitará mediante el expediente 2900-70624/2013 al Ministerio de Educación de la Nación que dictamine (en función de la documentación enviada por la Facultad de Psicología de UBA) si el título de Musicoterapeuta otorgado por esa universidad es de grado.
 



Los movimientos del expediente 2900-66765/2013 pueden consultarse en: http://sistemas.ms.gba.gov.ar/expeconsulta/index.php

Los datos en relación a la matriculación fueron obtenidos en el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires y corresponden a las matrículas otorgadas durante los años 2006 a 2012, no se tuvieron en cuenta las matrículas otorgadas a partir del año 2013, momento de implementación del sistema informático.

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